Última Actualización: 21/01/2026
CONDICIONES PRELIMINARES
1. Objeto: Fast Food Sudamericana S.A., CUIT 30-65493641-9, con domicilio en 25 de mayo 460, Piso 1°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. (en adelante, el “Organizador” y/o “Burger King”), llevará adelante este entretenimiento denominado “ACTIVACION COSQUIN ROCK - MUSIC CHALLENGE” (en adelante, el “Entretenimiento”). La forma de intervención y las reglas del Entretenimiento están contenidas en las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”). La sola participación en el Entretenimiento implica la aceptación plena, incondicional e irrevocable de todas y cada una de las disposiciones aquí descriptas.
2. Alcance geográfico: El Entretenimiento tendrá vigencia exclusivamente en las ciudades de Mar del Tuyú y Mar del Plata, República Argentina.
3. Fecha de inicio y finalización: El Entretenimiento comenzará el día 15 de enero de 2026 y finalizará el día 1 de febrero de 2026 (el “Plazo de Vigencia”).
4. Aceptación: La participación en el Entretenimiento implica el conocimiento y la aceptación de pleno derecho de todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases y Condiciones.
1. PARTICIPANTES SORTEO.
1.1. Personas excluidas: No podrán participar los empleados del Organizador, ni los empleados, ni personal directivo de las agencias de publicidad y promociones, y demás proveedores vinculados al presente Entretenimiento, ni sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad. Esta restricción aplicará a los empleados desvinculados de las empresas del Organizador dentro de los treinta (30) días del comienzo del Entretenimiento. Tampoco podrán participar menores de 18 años.
1.2. Mecánica de participación: El presente entretenimiento consiste en un juego denominado “MUSIC CHALLENGE”, en el cual los Participantes deberán escuchar los primeros cuatro (4) segundos de distintos temas musicales y adivinar el nombre de la canción. Para participar, las personas interesadas deberán: (i) presentarse ante el Organizador y brindar los datos requeridos para participar en el stand “MUSIC CHALLENGE”; (ii) ingresar al stand “MUSIC CHALLENGE”, donde se les entregarán auriculares y, a medida que suenen los acordes iniciales de cada canción, deberán adivinar el tema que está sonando; (iii) a medida que los Participantes adivinen correctamente cada canción, avanzarán a la siguiente. Dependiendo de la cantidad de canciones correctamente adivinadas, los Participantes podrán acceder a los distintos premios detallados en las presentes Bases. Asimismo, aquellos Participantes que logren adivinar la mayor cantidad de canciones en el menor tiempo posible, conforme lo contabilice el sistema automático utilizado, serán considerados ganadores (en adelante, los “Ganadores”) y podrán obtener los premios correspondientes. Se aclara expresamente que el acceso al stand “MUSIC CHALLENGE” se realizará por orden de llegada, no existiendo sistema de “fast-pass” ni prioridad de ningún tipo. Asimismo, podrán participar del stand “MUSIC CHALLENGE” únicamente personas mayores de dieciocho (18) años, o menores de dieciocho (18) años que cuenten con autorización expresa de sus padres y/o tutores y/o responsables legales.
1.3. Premio: La participación en el stand “MUSIC CHALLENGE” habilitará a los Participantes a obtener, por un lado, premios inmediatos, asignados en función de la cantidad de canciones correctamente adivinadas, conforme lo previsto en la presente, y adicionalmente, a participar por la obtención de entradas para el evento “Cosquín Rock”.
Los premios del Entretenimiento, vinculados a la participación en el stand “MUSIC CHALLENGE”, se asignarán en función de la cantidad de canciones correctamente adivinadas por cada Participante, conforme el siguiente detalle:
- Los Participantes que adivinen entre una (1) y cinco (5) canciones podrán recibir abanicos y/o códigos promocionales, conforme disponibilidad.
- Los Participantes que adivinen seis (6) o siete (7) canciones podrán recibir códigos promocionales y/o paletas, conforme disponibilidad.
- Los Participantes que adivinen ocho (8) o nueve (9) canciones podrán recibir abanicos, códigos promocionales, paletas y/o botellas Pepsi, conforme disponibilidad.
- Los Participantes que adivinen diez (10) canciones podrán recibir remeras, botellas Pepsi y/o premios “BK Free”, conforme disponibilidad.
La cantidad total de premios disponibles será la siguiente: mil ochocientos setenta y cinco (1.875) abanicos, mil setecientos (1.700) códigos promocionales, novecientas (900) paletas, doscientas cuarenta y cuatro (244) remeras, quinientas (500) unidades “BK Free” y quinientas cuarenta (540) botellas Pepsi.
Los premios estarán sujetos a disponibilidad y se entregarán hasta agotar stock, no pudiendo los Participantes efectuar reclamo alguno una vez agotados.
A su vez, una vez finalizado el Entretenimiento “MUSIC CHALLENGE”, consistente en adivinar las canciones reproducidas durante los primeros cuatro (4) segundos de cada tema, y sin perjuicio de los premios detallados precedentemente, la participación en el mismo habilitará automáticamente a los Participantes a participar por la obtención de entradas para el evento “Cosquín Rock”, conforme la modalidad y condiciones que se detallan a continuación.
- Las dos (2) mejores posiciones de los Participantes que participen en Mar del Plata, correspondientes al período comprendido entre el 15 y el 18 de enero, quienes obtendrán dos (2) pares de entradas.
- Las dos (2) mejores posiciones de los Participantes que participen en Mar del Plata, correspondientes al período comprendido entre el 22 y el 25 de enero, quienes obtendrán dos (2) pares de entradas.
- La mejor posición de los Participantes que participen en Mar del Tuyú, correspondiente al período comprendido entre el 26 de enero y el 01 de febrero, quien obtendrá un (1) par de entradas.
A partir del día 2 de febrero, el Organizador se contactará por correo electrónico con los potenciales ganadores de las entradas, conforme los resultados registrados por el sistema utilizado. Los potenciales ganadores deberán responder el correo electrónico de notificación dentro de las veinticuatro (24) horas de recibido, confirmando la aceptación del premio. En caso de no recibirse respuesta dentro de dicho plazo, el premio se considerará rechazado, perdiendo el potencial ganador todo derecho al mismo, procediéndose a su reasignación a un ganador suplente, sin derecho a reclamo alguno.
El día y lugar del evento no podrán ser modificados. El premio no podrá ser canjeado por dinero en efectivo ni por ningún otro bien o servicio. El premio no incluye traslado, hospedaje, viáticos ni ningún otro gasto vinculado a la asistencia al evento. Todos los gastos que el Ganador y su acompañante deban afrontar para asistir al evento serán a su exclusivo cargo.
1.4. Mecanismo de adjudicación de premios: Aquellos que resulten Ganadores del stand “Music Challenge”, serán notificados por el Organizador al momento en que se les comunique que resultaron Ganadores y se entregará cada premio conforme el detalle de la cláusula 1.3.
En cuanto a la segunda instancia de Premio detallada en la clausula 1.3., el Participante que resulte ganador de las entradas para el Evento Cosquín Rock será notificado por el Organizador mediante correo electrónico, enviado desde la casilla oficial del área de Social Media del Organizador (
socialmedia@burgerking.com.ar). El Cosquín Rock 2026 se realizará en el Aeródromo de Santa María de Punilla, en la provincia de Córdoba, República Argentina, y se desarrollará durante dos (2) jornadas, correspondientes a los días 14 y 15 de febrero de 2026. Cada Participante que resulte Ganador recibirá 2 (dos) entradas válidas para una (1) de las dos jornadas del evento, las cuales podrán corresponder a cualquiera de los dos días, según asignación efectuada por el Organizador. El día asignado no podrá ser modificado bajo ningún concepto. Las entradas serán entregadas personalmente en el stand designado por la organización del evento Cosquín Rock ubicado en la estación de servicio SHELL se Santa María de Punilla sita en Av. San Martin 2171, Santa María de Punilla, Córdoba, previa acreditación de nombre y apellido con Documento Nacional de Identidad (DNI) del ganador, los días 14 y 15 de febrero, en el horario de 11:00 a 22:00 horas. En dicha comunicación, el Organizador informará al Ganador que ha resultado seleccionado y le indicará el procedimiento para el retiro del Premio y el día que le corresponde, así como la información que deberá proporcionar a fin de validar su condición de Ganador. El Ganador deberá confirmar la recepción del correo electrónico y remitir la información requerida dentro de las 24 horas de enviado el mismo y/o dentro del plazo que la propia notificación disponga. En caso de no hacerlo, perderá automáticamente el derecho al Premio, sin derecho a reclamo alguno, y el Organizador podrá designar un Ganador suplente, conforme a lo previsto en las presentes Bases y Condiciones. El premio incluye exclusivamente las entradas al espectáculo. No incluye traslados, alojamiento ni viáticos de ningún tipo. Los ganadores asumirán todos los gastos relacionados a su asistencia al evento que no estén expresamente incluidos en estas Bases.
Una vez definidos los Ganadores, confirmados por éstos, se hace saber que a partir del día 06 de febrero de 2026, el Organizador podrá anunciar su condición de Ganadores mediante la publicación, en la cuenta oficial de Instagram de Burger King Argentina, del nombre completo registrado por cada Ganador en la APP Burger King Argentina, junto con su correo electrónico registrado, el cual será exhibido de manera parcial o cifrada, a fin de resguardar su privacidad. La participación en el sorteo implica el consentimiento expreso del Participante para que dicha información sea publicada conforme a lo indicado.
El Organizador se reserva el derecho a realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que considere conveniente de los Potenciales Ganadores, Participantes y/o Ganadores respecto de los comentarios que realicen conforme las presentes Bases. Con la sola participación en el Entretenimiento, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres y usuarios de Instagram, correo electrónico (el cual será exhibido de manera parcial u ocultando caracteres, a fin de resguardar su privacidad) e imágenes (foto y video) a perpetuidad y por todo el mundo por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. En virtud de esta autorización, los Participantes y/o Ganadores y/o sus representantes legales no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
1.5. Premios no asignados / No reclamados: Si el Premio no pudiera asignarse a alguno de los Ganadores del Entretenimiento en virtud de la falta de cumplimiento con algún requisito de las presentes Bases serán considerados como no asignados y, por lo tanto, quedarán en propiedad del Organizador.
1.6. Prohibición: En caso de haber resultado ganador un Participante violentando las Bases, se deberá restituir el Premio al Organizador y el Participante responderá por daños y perjuicios. El Organizador no se hace responsable por fallas técnicas en el sistema de captura de datos o ejecución o desempeño de la dinámica de participación. Cualquier ataque o intento de alteración o manipulación al sistema informático o de la Web o al lugar en el cual se encuentre radicado el mismo, genera la descalificación inmediata del Participante. Está prohibido violar o intentar violar de cualquier forma la seguridad de la página de internet de la promoción, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa: a) acceder a datos no destinados al usuario; b) iniciar sesión en un servidor o cuenta en la que el usuario no esté autorizado; c) intentar violar la seguridad o penetrar, escanear o probar la vulnerabilidad del sistema; d) intentar interferir con el servicio a cualquier usuario; e) utilizar mecanismos de automatización para participar en los juegos en línea o para modificar cronómetros, contadores, fechas o incrementar puntuación.
El Organizador se reserva expresamente el derecho de descalificar a cualquier Participante del cual se tenga duda o sospecha de que se encuentra interviniendo el sistema del Entretenimiento, sus procedimientos de entrada, ya sea en líneas o bajo cualquier otro método, o que se esté actuando en contra de las Bases.
1.7. Descalificación: Los Participantes que no cumplan con lo establecido en las Bases serán descalificados del Entretenimiento.
2. DATOS PERSONALES.
2.1. Datos Personales: El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre datos personales. Al momento de facilitar al Organizador sus datos, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general. La información será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular del dato podrá solicitar el retiro o bloqueo total o parcial de su nombre de la base de datos comunicándose a la dirección de correo electrónico:
socialmedia@burgerking.com.ar. El retiro o bloqueo parcial de los datos implica la no participación en el Entretenimiento, en tanto los mismos son requeridos para su participación.
3. RESPONSABILIDADES.
3.1. El Organizador no será responsable de los daños, desperfectos, mal funcionamiento y/o perjuicios que pudieran sufrir los Participantes o terceros en sus personas o bienes, con motivo de la utilización de los premios otorgados en virtud de este Entretenimiento. El Organizador no asume responsabilidad por las fallas de los equipos de comunicación, de la red Internet, de suministro de energía, de las líneas telefónicas, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo del Entretenimiento o causar daños en los equipos o software de los Participantes.
3.2. El Organizador no será responsable en caso de que el Participante Ganador no pudiera asistir al espectáculo cuyas entradas fueron parte del Premio. En este supuesto, no tienen derecho a reclamar nuevas entradas.
3.3. El Organizador se reserva el derecho de establecer y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en estas Bases y Condiciones, reservándose asimismo el derecho a cancelar, suspender o modificar el Sorteo por circunstancias no previstas ajenas a la voluntad del Organizador, aclarándose que cualquiera de las situaciones mencionadas será ajustadas a la legislación vigente en la materia, debidamente comunicada a los Participantes. La sola participación en el Sorteo implica el conocimiento y aceptación de las presentes condiciones, como así también el reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación al Sorteo, las cuales tendrán carácter definitivo e inapelables siempre que las mismas sean debidamente comunicadas.
3. CONSIDERACIONES FINALES.
4.1. Cualquier situación, conflicto o controversia derivada de la interpretación de las Bases será dirimida por el Organizador. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Nacionales en lo Comercial con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
4.2. La participación en el Entretenimiento implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de las presentes Bases; implica el reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación al Entretenimiento como de carácter definitivo e inapelable toda vez que las mismas sean debidamente comunicadas, no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes, se ajusten al régimen legal vigente y hayan sido comunicadas a los Participantes y a su vez hayan sido previamente aprobadas por la autoridad de aplicación. El Entretenimiento será difundido a través de comunicación en afiches en los locales participantes, a través de redes sociales y en Internet.
Asimismo, la participación en esta promoción y aceptación de las Bases importa como una declaración jurada que el Participante no tiene cedidos o prometidos los derechos de publicación y/o reproducción de su nombre y/o imagen en cualquier forma, con terceros. El envío de datos y cualquier forma de participar en este Entretenimiento importa por parte del Participante la aceptación de las Bases, y la autorización por el plazo de 5 (cinco) años para la publicación y difusión de sus datos e imágenes en el Web Site y en los demás medios que el Organizador disponga al efecto (comprendiendo todas las modalidades de edición y reproducción existentes en la actualidad y las que pudieran existir en el futuro), en cualquier parte del mundo, a título gratuito y en forma exclusiva a efectos de publicitar el resultado del Entretenimiento (pudiendo el Organizador, como condición de cómputo del dato enviado, requerir a las personas mencionadas que acrediten su identidad y presten su consentimiento frente a aquel y/o a quien designe, para que el dato sea publicado en los medios que él disponga), y su compromiso de no revocar la autorización para el uso de los datos.
4.3. Cuando circunstancias no imputables al Organizador ni previstas en estas Bases, o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen —incluyendo, pero sin limitarse a, la cancelación, reprogramación o suspensión del espectáculo o evento al que correspondan las entradas o entrega de entradas, el Organizador podrá, a su exclusivo criterio, suspender, cancelar o modificar el sorteo, la entrega de los premios y/o el entretenimiento objeto del mismo, sin que ello genere derecho a reclamo, compensación o indemnización alguna por parte de los Participantes. En caso de modificarse cualquier aspecto sustancial del sorteo, se publicarán las nuevas Bases en los medios que determine el Organizador. Estas Bases prevalecen frente a cualquier otro instrumento o pieza de comunicación o marketing que pudiera existir.